A partir de la inscripción de la propiedad en el Conservador de Bienes Raíces:
Si hubiesen fallas o defectos que afectan a elementos de terminaciones o de acabado de obra, tales como, cielos, pisos, puertas, revestimientos y pinturas exteriores e interiores, barnices, alfombras, cerámicos, quincallería, muebles adosados o empotrados a la construcción.
A partir de la recepción municipal:
Cuando se trate de fallas o defectos de los elementos constructivos o de instalaciones, tales como cubiertas de techumbres, ventanas, estructuras no soportantes de muro y cielo (tabiques), bases de pavimentos, estructuras o bases de pisos, impermeabilizaciones.
Aislamiento térmico y acústico, instalaciones en redes eléctricas, de corrientes débiles, de calefacción, sanitarias, redes húmedas y secas de incendio, sistemas de evacuación de basuras, instalaciones y equipos eléctricos mayores como ascensores, equipos de presurización, calderas colectivas y grupos electrógenos.
A partir de la recepción municipal:
En el caso de fallas o defectos que afecten la estructura soportante del inmueble, tales como cimientos, sobrecimientos, fundaciones, muros soportantes, losas, vigas, cadenas, pilares, estructura de techumbre y entramados horizontales o verticales de carácter estructural.
A partir de la inscripción de la propiedad en el Conservador de Bienes Raíces:
Si hubiesen fallas o defectos que afectan a elementos de terminaciones o de acabado de obra, tales como, cielos, pisos, puertas, revestimientos y pinturas exteriores e interiores, barnices, alfombras, cerámicos, quincallería, muebles adosados o empotrados a la construcción.
A partir de la recepción municipal:
Cuando se trate de fallas o defectos de los elementos constructivos o de instalaciones, tales como cubiertas de techumbres, ventanas, estructuras no soportantes de muro y cielo (tabiques), bases de pavimentos, estructuras o bases de pisos, impermeabilizaciones.
Aislamiento térmico y acústico, instalaciones en redes eléctricas, de corrientes débiles, de calefacción, sanitarias, redes húmedas y secas de incendio, sistemas de evacuación de basuras, instalaciones y equipos eléctricos mayores como ascensores, equipos de presurización, calderas colectivas y grupos electrógenos.
A partir de la recepción municipal:
En el caso de fallas o defectos que afecten la estructura soportante del inmueble, tales como cimientos, sobrecimientos, fundaciones, muros soportantes, losas, vigas, cadenas, pilares, estructura de techumbre y entramados horizontales o verticales de carácter estructural.